Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Fecha de Expedicion:
Miércoles, 27 Abril 2016Vigencia:
Hasta el momento en que sufra una reforma, derogación o abrogación.Autoridad o autoridades que la emiten:
H. Congreso de la UniónAutoridad o autoridades que la aplican:
H. Ayuntamiento del Municipio de PueblaDependencia o Entidad responsable:
Tesorería MunicipalTipo de Órgano:
Dependencia CentralizadaFechas en la que ha sido actualizada:
10 de mayo de 2022
Tipo de ordenamiento jurídico:
LeyIndice de la Regulación:
TÍTULO PRIMERO - Objeto y Definiciones de la Ley
CAPÍTULO ÚNICO - Disposiciones Generales
TÍTULO SEGUNDO - Reglas de Disciplina Financiera
CAPÍTULO I - Del Balance Presupuestario Sostenible y la Responsabilidad Hacendaria de las Entidades Federativas
CAPÍTULO II - Del Balance Presupuestario Sostenible y la Responsabilidad Hacendaria de los Municipios
TÍTULO TERCERO - De la Deuda Pública y las Obligaciones
CAPÍTULO I - De la Contratación de Deuda Pública y Obligaciones
CAPÍTULO II - De la Contratación de Obligaciones a Corto Plazo
CAPÍTULO III - De la Contratación de Deuda Pública por parte de la Ciudad de México
CAPÍTULO IV - De la Deuda Estatal Garantizada
CAPÍTULO V - Del Sistema de Alertas
CAPÍTULO VI - Del Registro Público Único
TÍTULO CUARTO - De la Información y Rendición de Cuentas
CAPÍTULO ÚNICO
TÍTULO QUINTO - De las Sanciones
CAPÍTULO ÚNICO
Objeto de la Regulación:
Establecer los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que regirán a las Entidades Federativas y los Municipios, así como a sus respectivos Entes Públicos, para un manejo sostenible de sus finanzas públicas
Materias que regula:
FiscalSectores que regula:
Sector PúblicoSujetos Regulados:
Las Entidades Federativas, los Municipios y sus Entes Públicos.Trámites y Servicios relacionados con la Regulación:
Otras regulaciones vinculadas o derivadas de esta regulación
Ley de Deuda Pública para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Fundamentos jurídicos para la realización de inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias: