Manual de Organización de la Coordinación General de Operatividad Policial
Fecha de Expedicion:
Jueves, 01 Diciembre 2022Vigencia:
Hasta el momento que se sufra una reforma o derogación por parte de la Autoridad Municipal.Autoridad o autoridades que la emiten:
Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.Autoridad o autoridades que la aplican:
Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de PueblaDependencia o Entidad responsable:
Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de PueblaTipo de Órgano:
Dependencia CentralizadaFechas en la que ha sido actualizada:
Sin reformas desde su creación.
Tipo de ordenamiento jurídico:
ManualIndice de la Regulación:
I. Introducción 4 |
II. Marco Jurídico-Administrativo 5 |
III. Misión y Visión 8 |
IV. Estructura Orgánica 9 |
V. Organigrama General 10 |
VI. De la Coordinación General de Operatividad Policial 11 |
VII. De la Subdirección de Logística Operativa 23 |
VIII. Del Departamento de Dispositivos y Operativos 30 |
IX. Del Departamento de Equipamiento 37 |
X. De la Unidad de Calidad en el Servicio Policial 47 |
IX. Directorio 15 |
Objeto de la Regulación:
Ejercer, dirigir y supervisar el mando operativo de manera coordinada para el correcto funcionamiento de las estrategias operativas eficaces, a través de una coordinación con los tres niveles de gobierno y comunicación asertiva que permitan la proactividad, manteniendo la eficacia en labores de proximidad, generando un ambiente de confianza por parte de la ciudanía, para salvaguardar en todo momento los derechos de las personas, preservando el orden y la paz pública.
Materias que regula:
Administración Pública Municipal.Sectores que regula:
Administración Pública Municipal.Sujetos Regulados:
Servidores Públicos Adscritos a la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.Trámites y Servicios relacionados con la Regulación:
No aplica.
Fundamentos jurídicos para la realización de inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias:
No aplica.